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Protección de la violencia doméstica durante COVID-19 en Kentucky

NOTA: Si usted o un ser querido sufre de violencia doméstica o está en peligro/a, llame a la policía. Haga clic aquí para acceder a una lista de recursos en todo Kentucky.

La mayoría de los Kentuckianos/as están bajo una orden de "Saludable en el hogar", solo se les permite salir de casa para obtener artículos esenciales. En las noticias y las redes sociales, vemos que algunas familias de Kentucky han aprovechado al máximo esta situación y han encontrado formas divertidas y creativas de pasar tiempo juntos. Sin embargo, este no es el caso para todos. Muchos kentuckianos se enfrentan a un peligro más inmediato que COVID-19. Se enfrentan a la amenaza de violencia en sus propios hogares, el lugar donde el gobierno nos ha dicho que busquemos refugio. Lidiar con la violencia doméstica siempre es difícil. Las víctimas podrían temer que la pandemia haya creado más obstáculos para obtener la ayuda necesaria para escapar de sus abusadores.

Pero puede estar seguro de que el sistema legal aún ofrece la protección que necesita para mantenerse a salvo de la violencia doméstica. Aunque el sistema judicial de Kentucky ha restringido severamente sus operaciones, incluido el cierre de todas las instalaciones judiciales a servicios en persona hasta el 31 de mayo de 2020, los tribunales aún se ocupan de asuntos de emergencia. La violencia doméstica se clasifica como un asunto de emergencia bajo la Orden Modificada 2020-22 de la Corte Suprema. Bajo esta orden, una persona aún puede solicitar una Orden de Protección de Emergencia (EPO) y, si se le otorga, un Juez determinará más adelante si la EPO debe convertirse a una Orden de Protección contra la Violencia Doméstica (DVO), como se describe a continuación.

La Corte Suprema agregó salvaguardas adicionales para mantener saludables al personal de la corte y al público en general durante este tiempo. Si necesita solicitar una EPO, aún puede ir a la instalación judicial de su condado para solicitarla. Tenga en cuenta que los tribunales han recibido instrucciones de mantener las puertas cerradas, pero admitirán a las personas que necesiten servicios de emergencia. La señalización se publicará en las entradas para indicarle que llame a la oficina del secretario del circuito local para obtener la entrada. Al entrar, el personal le ayudará a presentar una EPO de acuerdo con el procedimiento operativo normal.

Si se le otorga la EPO, una orden de protección es efectiva hasta que se lleve a cabo la audiencia judicial, generalmente dentro de 14 días. Si el demandado no ha recibido la EPO, la orden continuará hasta que se realice el servicio (hasta seis meses) o hasta que el tribunal retire la orden. Incluso si cree que ya no necesita protección, deberá comparecer en la audiencia judicial programada. En la audiencia, un juez determinará si la EPO debe convertirse a una DVO que brinde protección por hasta tres (3) años. Haga clic aquí para leer un folleto que ofrece la Oficina Administrativa de los Tribunales para obtener más detalles sobre el proceso.

La Corte Suprema también ordenó medidas de seguridad para llevar a cabo estas audiencias de acuerdo con las reglas de distanciamiento social. Las audiencias de EPO / DVO pueden realizarse de forma remota. La Corte Suprema declaró que todas las partes y abogados deben poder participar de forma remota si cuentan con la tecnología adecuada para hacerlo. Los jueces deben utilizar la tecnología de video o telefónica disponible para llevar a cabo las audiencias remotas en la medida de lo posible. Sin embargo, si las partes no tienen la tecnología disponible para participar de forma remota, las audiencias de EPO / DVO pueden realizarse en persona. Si se lleva a cabo en persona, el procedimiento se limitará a las partes, abogados, testigos necesarios y defensores de víctimas. No debe haber más de diez (10) personas en la sala del tribunal a menos que el juez lo permita específicamente a su discreción. Se requerirá un distanciamiento social apropiado en todos los puntos.

Si experimenta violencia doméstica, el sistema judicial de Kentucky todavía está aquí para ayudarlo. Comuníquese con su tribunal local (haga clic aquí para ubicarlo) para que lo ayuden a comenzar el proceso. Más importante aún, si usted o un ser querido está en peligro, no dude en llamar al 911 o buscar ayuda aquí. Haga clic aquí para leer la Orden Modificada 2020-22 de la Corte Suprema en su totalidad.


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